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Honduras vive tiempos difíciles para las voces que denuncian la corrupción, los abusos de poder y las violaciones a derechos humanos.
El Comité por la Libre Expresión (C-Libre) y la Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en Honduras (RNDDH) a la comunidad Nacional e Internacional informamos lo siguiente:
1. Considerando que el día lunes 20 de julio, la defensa legal de la diputada hondureña y comisionada policial, en condición de retiro, María Luisa Borjas, fue notificada de la sentencia de la Sala de lo Penal, declarando “sin lugar”, el recurso de casación interpuesto a favor de la diputada, en la causa impulsada por el señor Camilo Atala.
2. Recordamos que, en febrero de 2018, el magistrado presidente de la Corte Suprema, Rolando Argueta emitió la sentencia condenatoria por el delito de calumnias, constitutivas de difamación, expresamos que era un fallo político, y que el recurso de casación estaba destinado al fracaso, por la demostrada falta de independencia entre los tres poderes del Estado, lo que hoy fue confirmado.
3. Expresamos que la Corte Suprema nuevamente demuestra que fue electa para favorecer intereses privados y no el interés general, nuevamente ha dictado una sentencia alejada de los parámetros jurisprudenciales y doctrinarios del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, diversas cortes nacionales de la región e, incluso, de la resolución emitida por el también magistrado Avilio Serrano en el caso contra el diputado Jorge Calix, por una querella incoada por delitos de calumnias por difamación.
4. Reafirmamos que tal como fue acreditado en el juicio, las expresiones vertidas por la Comisionada Borjas no constituyeron ataques conscientes e intencionales al honor del señor Camilo Atala, ni tenían la malicia de provocar una afectación por sí mismas. Como defensora de derechos humanos, su intención fue colocar en el debate nacional la situación de impunidad y la participación de funcionarios policiales, militares, profesionales del derecho y empresarios en el asesinato de Alfredo Landaverde, el Fiscal Orlan Chávez y la reconocida lideresa indígena Berta Cáceres. Para ello, la Comisionada utilizó un medio pertinente y proporcionado, como es la denuncia ante el Comisionado Nacional de Derechos Humanos.
5. Consideramos que esas denuncias se enmarcan en los discursos especialmente protegidos por la libertad de expresión. A la luz de la doctrina de la real malicia, no es suficiente con que la información difundida por la Comisionada María Luisa Borjas hubiese sido errónea o falsa, sino que, además, la parte querellante debió demostrar que la información, se difundió a sabiendas de su falsedad y con la única intención de dañar, pero no lo logró.
6. Rechazamos que las víctimas de graves violaciones a derechos humanos además de enfrentar la impunidad imperante, enfrenten la imposición del silencio mediante violencia o criminalización, para sí mismas o para quienes se atreven a levantar junto a ellas las voces de denuncia.
7. Finalmente, citamos al magistrado, Serrano Villanueva, quien en su sentencia manifestó: “imponer sanciones a informadores o denunciantes que son diligentes en sus investigaciones, por el simple hecho de no poder probar, en forma fehaciente, todos los aspectos de la información difundida, además de vulnerar el estándar de veracidad aplicable a la información de interés público, incitaría a ocultar la misma, socavando el debate” sobre temas tan importantes como la lucha contra la impunidad.
Comité por la Libre Expresión (C-Libre)
Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en Honduras (RNDDH)